¿Qué se le paga a un trabajador por renuncia voluntaria?

Calculando Tu Finiquito por Baja Voluntaria

20/07/2024

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Cuando decides poner fin a tu relación laboral de manera voluntaria, es natural que te surjan dudas sobre los trámites y, especialmente, sobre el dinero que te corresponde recibir. Este monto, conocido como finiquito, no es una indemnización por despido, sino la liquidación de todas aquellas cantidades pendientes que la empresa te debe hasta el momento de tu salida. Entender cómo se calcula es fundamental para asegurar que recibes lo justo y evitar malentendidos.

¿Qué se calcula en una liquidación por renuncia voluntaria?

El finiquito por baja voluntaria es un documento crucial que detalla la suma de conceptos como el salario de los días trabajados en el mes de tu marcha, la parte proporcional de las pagas extra que hayas generado y aún no hayas cobrado, y las vacaciones no disfrutadas. A diferencia de un despido, donde podría existir una indemnización, en la baja voluntaria esta no existe. Por ello, es vital conocer cada componente para hacer tus propias estimaciones y verificar la cantidad final que te presente la empresa.

Índice de Contenido

¿Qué es el Finiquito y Qué Incluye Realmente?

El finiquito es un documento de liquidación de cuentas entre el trabajador y la empresa al finalizar la relación laboral, independientemente del motivo. En el caso específico de una baja voluntaria, los conceptos que obligatoriamente deben incluirse son los siguientes:

  • Salario de los días trabajados en el mes en curso: Es el sueldo correspondiente a los días que has trabajado desde el último día de pago de nómina hasta la fecha efectiva de tu baja.
  • Parte proporcional de pagas extraordinarias: Si en tu empresa las pagas extra no se prorratean mensualmente, tendrás derecho a la parte de estas que hayas generado desde el inicio de su periodo de devengo (normalmente, desde la última paga extra o desde el 1 de enero, según el convenio) hasta tu fecha de baja.
  • Vacaciones no disfrutadas: Se te abonarán los días de vacaciones que hayas generado y no hayas utilizado hasta el momento de tu salida.
  • Cualquier otro concepto pendiente: Esto podría incluir comisiones, bonus, horas extraordinarias no pagadas, pluses pendientes o cualquier otro devengo que se te deba.

Es importante recalcar que, en una baja voluntaria, no tienes derecho a indemnización por despido ni a la prestación por desempleo (paro), ya que la decisión de finalizar la relación laboral parte de ti.

Paso a Paso: Cómo Calcular el Finiquito por Baja Voluntaria

Calcular el finiquito puede parecer complejo, pero desglosándolo en sus componentes principales, resulta más sencillo. A continuación, te explicamos cómo estimar cada uno de ellos:

1. Cálculo del Salario por Días Trabajados

Este es quizás el cálculo más directo. Se trata de determinar cuánto te corresponde por los días que has estado activo en la empresa en el mes en que te das de baja.

La fórmula general es: (Salario Bruto Mensual / Número de Días del Mes) x Días Trabajados en el Mes.

Por ejemplo, si tu salario bruto mensual es de 1.500 euros y te das de baja el día 15 de un mes de 30 días, el cálculo sería:

  • Salario diario: 1.500 € / 30 días = 50 €/día
  • Salario por días trabajados: 50 €/día x 15 días = 750 €

Recuerda que este cálculo se basa en el salario bruto, ya que posteriormente se aplicarán las deducciones correspondientes (IRPF y Seguridad Social).

2. Cálculo de la Parte Proporcional de Pagas Extraordinarias

Las pagas extra se devengan día a día, aunque se cobren en fechas específicas (por ejemplo, verano y Navidad). Si te vas antes de que se cumpla el periodo de devengo completo, tienes derecho a la parte proporcional generada. Hay dos tipos comunes de pagas extra:

  • Pagas extra anuales: Se devengan de un año natural a otro (por ejemplo, del 1 de enero al 31 de diciembre para la paga de Navidad, y del 1 de julio de un año al 30 de junio del siguiente para la de verano).
  • Pagas extra semestrales: Se devengan en periodos de seis meses.

La fórmula general es: (Importe Total de la Paga Extra / Días de Devengo de la Paga) x Días Generados desde el Último Cobro o Inicio del Periodo de Devengo.

Supongamos que tienes dos pagas extra de 1.500 € cada una. La de verano se devenga del 1 de enero al 30 de junio, y la de Navidad del 1 de julio al 31 de diciembre. Si te das de baja el 30 de septiembre:

  • Paga de Verano: Ya la habrías cobrado en junio, por lo que no habría nada pendiente.
  • Paga de Navidad: Se devenga desde el 1 de julio. Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre (fecha de baja) hay 92 días.
  • Cálculo: (1.500 € / 184 días de devengo aprox.) x 92 días = 750 €

Es crucial revisar tu convenio colectivo o contrato para conocer el periodo de devengo de tus pagas extra.

3. Cálculo de las Vacaciones no Disfrutadas

Todo trabajador tiene derecho a un mínimo de 30 días naturales (o 22 días hábiles) de vacaciones por año trabajado. Si te vas antes de haber disfrutado todas las vacaciones generadas, la empresa debe abonártelas.

La fórmula es: (Días de Vacaciones Anuales / Días del Año) x Días Trabajados en el Año.

Por ejemplo, si tienes derecho a 30 días de vacaciones al año y te das de baja el 30 de septiembre (273 días desde el 1 de enero), y has disfrutado 10 días de vacaciones:

  • Días de vacaciones generados: (30 días / 365 días) x 273 días = 22,41 días
  • Días de vacaciones pendientes de disfrutar: 22,41 días - 10 días disfrutados = 12,41 días
  • Valor de un día de salario: (Salario Bruto Mensual / 30 días)
  • Importe a abonar por vacaciones: 12,41 días x (Salario Bruto Mensual / 30 días)

Si tu salario bruto mensual es de 1.500 €, entonces el valor de un día es 50 €. El importe por vacaciones sería: 12,41 días x 50 €/día = 620,50 €.

4. Otros Conceptos y Deducciones

Además de los anteriores, es posible que existan otros conceptos que deban liquidarse, como bonus, comisiones o gastos. Una vez sumados todos los devengos, se aplicarán las deducciones correspondientes:

  • Retenciones de IRPF: Se aplicará el porcentaje de retención que te corresponda según tu situación fiscal y tu nivel de ingresos.
  • Cotizaciones a la Seguridad Social: Se descontarán las aportaciones del trabajador a la Seguridad Social (contingencias comunes, desempleo, formación profesional, etc.).

El resultado final será el importe neto del finiquito.

Tabla Comparativa: Finiquito vs. Indemnización

Es común confundir el finiquito con la indemnización. Aunque ambos son pagos al finalizar la relación laboral, sus naturalezas y condiciones son muy diferentes. Aquí una tabla para aclararlo:

ConceptoFiniquitoIndemnización
NaturalezaLiquidación de haberes pendientes (salarios, vacaciones, pagas extra)Compensación económica por extinción del contrato sin causa justa o por causas objetivas
¿Cuándo se cobra?Siempre, al finalizar cualquier relación laboral (baja voluntaria, despido, fin de contrato, etc.)Solo en casos de despido (objetivo, improcedente) o fin de contrato temporal específico
CálculoSuma de salario días trabajados, pagas extra proporcionales, vacaciones no disfrutadas, otros devengos, menos deduccionesDepende del tipo de despido y la antigüedad del trabajador (días de salario por año trabajado)
Tributación (IRPF)Tributa en su totalidad como rendimiento del trabajoGeneralmente exenta de IRPF hasta ciertos límites legales
Derecho a ParoNo afecta directamente al derecho a paro, pero la baja voluntaria NO da derecho a paroPuede dar derecho a paro si se cumplen los requisitos de cotización
Motivo de ExtinciónCualquier tipo de extinción (voluntaria, despido, fin de contrato)Despido por decisión de la empresa (objetivo, improcedente, colectivo)

Consideraciones Importantes al Presentar la Baja Voluntaria

Al tomar la decisión de renunciar a tu empleo, hay aspectos clave que debes tener en cuenta para que el proceso sea lo más fluido posible y no afecte negativamente tu finiquito:

El Preaviso: Tu Obligación y sus Consecuencias

El periodo de preaviso es el tiempo que debes comunicar a la empresa tu intención de marcharte antes de que tu baja sea efectiva. Aunque el Estatuto de los Trabajadores no establece un periodo específico para la baja voluntaria, la mayoría de los convenios colectivos sí lo hacen, siendo lo más común entre 15 y 30 días naturales. Es fundamental que consultes tu convenio colectivo.

  • Si cumples el preaviso: La empresa no te descontará ninguna cantidad por este concepto y te abonará la totalidad del finiquito.
  • Si no cumples el preaviso: La empresa está legalmente autorizada a descontarte del finiquito los días de preaviso que no hayas cumplido. Este descuento se calcula generalmente al valor de tu salario diario por cada día de preaviso no dado. Por ejemplo, si debes 15 días de preaviso y tu salario diario es de 50€, se te descontarán 750€. En algunos casos, este descuento puede hacer que el finiquito sea cero o incluso negativo.

Es recomendable comunicar la baja voluntaria por escrito (carta de baja voluntaria) y quedarte con una copia sellada por la empresa como prueba de la fecha de entrega.

La Firma del Finiquito

El día que finaliza tu relación laboral o en los días posteriores, la empresa te entregará el documento del finiquito para que lo firmes. Es un momento crucial y debes actuar con cautela:

  • Revisa los cálculos: Antes de firmar, tómate tu tiempo para revisar que todos los conceptos estén correctamente calculados y que las cantidades coincidan con tus estimaciones.
  • Firma 'No Conforme': Si no estás de acuerdo con alguna cantidad o si necesitas más tiempo para revisar, puedes firmar el finiquito añadiendo la expresión 'No Conforme', 'Pendiente de Revisión' o 'Salvo mi derecho a reclamación'. Esto te permite cobrar la cantidad ofrecida por la empresa, pero te reservas el derecho a reclamar posteriormente las diferencias que consideres oportunas. Tienes un plazo de un año para reclamar cantidades.
  • Solicita un desglose: Pide siempre un desglose detallado de todos los conceptos y cálculos.
  • No firmes si no te pagan: Es recomendable no firmar el finiquito si la empresa no te hace el pago en el mismo acto o te asegura la transferencia inmediata. La firma implica la conformidad con las cantidades.

Preguntas Frecuentes (FAQs) sobre el Finiquito por Baja Voluntaria

¿Cuándo se cobra el finiquito por baja voluntaria?

La ley no establece un plazo fijo para el pago del finiquito, pero lo habitual es que se abone el mismo día que finaliza la relación laboral o en la fecha de cobro de la última nómina. La empresa tiene la obligación de poner a disposición del trabajador las cantidades adeudadas. Si se retrasa, podrías tener derecho a intereses por mora.

¿La baja voluntaria da derecho a paro?

No, la baja voluntaria no da derecho a percibir la prestación por desempleo (paro). Para tener derecho al paro, la extinción de la relación laboral debe ser involuntaria para el trabajador (por ejemplo, un despido, fin de contrato temporal, o expediente de regulación de empleo). Si te das de baja voluntariamente, se entiende que eres tú quien decide no trabajar, por lo que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no te concederá el paro. Sin embargo, si tras una baja voluntaria encuentras otro empleo y eres despedido de este nuevo trabajo de forma involuntaria, sí podrías tener derecho a paro, siempre que cumplas los requisitos de cotización.

¿El finiquito tributa en el IRPF?

Sí, las cantidades percibidas en concepto de finiquito (salario, pagas extra, vacaciones no disfrutadas) tributan como rendimientos del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La empresa te aplicará las retenciones correspondientes, y deberás incluirlo en tu declaración de la renta anual.

¿Qué pasa si mi finiquito es negativo?

Un finiquito puede ser negativo si las deducciones superan a los devengos. Esto ocurre principalmente cuando el trabajador no ha cumplido con el periodo de preaviso establecido y la empresa le ha descontado los días no preavisados. Si el descuento es mayor que lo que te corresponde por salario, pagas extra y vacaciones, el finiquito será negativo, y legalmente, la empresa podría reclamarte esa cantidad.

¿Puedo negociar el finiquito?

En el caso de una baja voluntaria, los componentes del finiquito son cantidades tasadas por ley o convenio colectivo (salario, vacaciones, pagas extra). Por lo tanto, no hay margen para la negociación sobre estos conceptos. Lo que sí podrías negociar, en su caso, es la exención del preaviso o alguna otra condición específica de tu salida, pero no las cantidades que por derecho te corresponden.

¿Qué documentos debo recibir junto al finiquito?

Además del propio documento de finiquito, la empresa debe entregarte el certificado de empresa para que puedas tramitar tu situación (aunque no vayas a solicitar el paro por baja voluntaria, es un documento obligatorio). También debes recibir la última nómina y cualquier otro documento relevante para el fin de tu relación laboral.

Conclusión

El finiquito por baja voluntaria no es una indemnización, sino la liquidación de tus derechos económicos pendientes. Comprender sus componentes (salario de días trabajados, pagas extra proporcionales y vacaciones no disfrutadas) es esencial para verificar que la cantidad que te ofrece la empresa es correcta. Recuerda la importancia del preaviso y de revisar a fondo el documento antes de firmar, incluso si ello significa firmar 'No Conforme'. Estar informado te empodera y te permite cerrar esta etapa laboral con la tranquilidad de haber recibido lo que legítimamente te corresponde.

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