¿Cómo se calcula el interés por mora en alquileres en Argentina?

¿Mora en Alquileres? Guía para Inquilinos y Dueños

23/12/2025

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La dinámica del mercado de alquileres en Argentina es un tema de constante debate y preocupación, tanto para propietarios como para inquilinos. Con actualizaciones que pueden superar el 100% anual y el impacto de la inflación en los ingresos, la posibilidad de un atraso en el pago del alquiler es una realidad para muchos. Esta situación, lejos de ser un mero detalle, puede generar incertidumbre y conflictos si no se comprenden las reglas que rigen los intereses por mora. Pero, ¿qué sucede exactamente si un inquilino se retrasa? ¿Cómo se calcula el interés por mora y qué dice la ley al respecto en un contexto económico tan desafiante?

Índice de Contenido

La Mora en Alquileres: Un Concepto Crucial en el Contrato

El término "mora" se refiere al retraso en el cumplimiento de una obligación en el tiempo y forma pactados. En el ámbito de los alquileres, esto implica no abonar el canon locativo en la fecha estipulada en el contrato. Si bien es una situación que nadie desea, comprender cómo se maneja legal y contractualmente es fundamental para ambas partes involucradas en un contrato de locación. En Argentina, la Ley de Alquileres (Ley 27.551, y sus recientes modificaciones) ha introducido cambios significativos en la forma en que se actualizan los contratos, pero curiosamente, deja un margen considerable para la definición de los intereses moratorios, trasladando esa responsabilidad a la voluntad de las partes.

¿Cómo se calcula el interés por mora en alquileres en Argentina?
En Argentina, el cálculo de intereses por mora en alquileres se realiza generalmente aplicando una tasa de interés pactada entre las partes, que puede ser una tasa fija o una tasa variable, como la tasa activa del Banco de la Nación Argentina más un porcentaje adicional. En ausencia de acuerdo contractual, se aplica el interés moratorio que establece el Código Civil y Comercial, que es la tasa activa cartera general del Banco Central de la República Argentina más el 5%. Cálculo detallado: 1. Interés moratorio convencional: Si el contrato de alquiler especifica una tasa de interés por mora, se utiliza esa tasa.  2. Interés moratorio legal: Si no hay acuerdo contractual, se aplica la tasa activa cartera general del Banco Central de la República Argentina (BCRA) más el 5%.  3. Cálculo diario: Para determinar el monto diario de la mora, se divide el monto mensual del alquiler por 30 y se aplica la tasa de interés correspondiente.  4. Acumulación de intereses: Los intereses moratorios se acumulan desde la fecha de vencimiento del pago hasta el momento del pago efectivo. Ejemplo: Si el alquiler mensual es de $100.000 y el contrato establece un interés moratorio del 2% mensual, el interés diario se calcula así: Si el inquilino se retrasa 10 días en el pago, el interés por mora sería de $666.67. Consideraciones adicionales: En resumen, para calcular el interés por mora en alquileres en Argentina, se debe verificar si hay un acuerdo contractual y, en su defecto, aplicar la tasa activa del BCRA más el 5%, calculando los intereses de manera diaria a partir de la fecha de vencimiento del pago.

Esta particularidad de la legislación argentina en materia de alquileres hace que la prevención y el conocimiento sean herramientas clave. Tanto inquilinos como propietarios deben estar informados sobre las cláusulas de mora para evitar malentendidos y posibles disputas que puedan derivar en procesos más complejos y costosos.

¿Qué Establece la Ley Argentina sobre el Interés por Mora?

A diferencia de la actualización anual de los contratos, que se rige por el Índice de Contratos de Locación (ICL) publicado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Ley de Alquileres no establece una tasa de interés específica para los casos de mora. Esta ausencia de una cifra exacta por parte de la normativa nacional otorga una libertad contractual a las partes para fijar las condiciones de penalización por el atraso en el pago. Esto significa que la tasa de interés por mora debe estar claramente estipulada en el contrato de alquiler que firman inquilino y propietario.

La razón detrás de esta flexibilidad legal radica en la complejidad de establecer una tasa única que sea justa en un contexto económico tan volátil como el argentino. Las variables inflacionarias y las tasas de mercado cambian constantemente, por lo que una tasa fija podría volverse obsoleta o injusta en poco tiempo. Por ello, la ley delega en las partes la responsabilidad de acordar una tasa, que debe ser razonable y no abusiva. Es por ello que la transparencia y la claridad en el contrato son primordiales, y se recomienda encarecidamente que esta cláusula sea revisada con atención antes de la firma del acuerdo.

Método de Cálculo del Interés por Mora: Una Guía Práctica

Dado que la ley no impone una tasa fija, ¿cómo se determina entonces? La práctica común y la recomendación de expertos en el sector inmobiliario sugieren considerar la tasa activa del Banco Nación como referencia, a la cual se le puede sumar un porcentaje adicional acordado entre las partes. Esta tasa, conocida como Tasa Efectiva Mensual Vencida (T.E.M.V.), es un indicador de mercado que refleja el costo del crédito y, por ende, puede ser una base justa para calcular la compensación por el retraso en el pago. La T.E.M.V. ya contempla el efecto del interés compuesto dentro del mes, lo que la hace una referencia robusta y fácil de aplicar.

Ejemplo de Cálculo (Hipótesis con datos proporcionados):

  • Supongamos un alquiler mensual de $150.000.
  • La T.E.M.V. del Banco Nación, según la información brindada, es del 9,160%.
  • Las partes acordaron en el contrato sumar un 2% adicional sobre esta tasa por mora, en concepto de penalidad o compensación por los gastos administrativos y el perjuicio.
  • Esto significa que la tasa mensual aplicable por mora sería de 9,160% (T.E.M.V.) + 2% (adicional acordado) = 11,160% mensual.

Para calcular el interés diario, se dividiría esta tasa mensual por la cantidad de días del mes en que ocurre la mora (generalmente 30 o 31, según corresponda). Por ejemplo, si la tasa mensual es 11,160% y el mes tiene 30 días, la tasa diaria sería 11,160% / 30 = 0,372% diaria.

Luego, este interés diario se multiplica por el monto del alquiler adeudado y por la cantidad de días de mora. Así, si el alquiler es de $150.000 y el atraso es de 11 días (como veremos en el siguiente punto), el cálculo sería:

Interés por Mora = Alquiler Adeudado × Tasa Diaria × Días de Mora

Interés por Mora = $150.000 × 0,372% × 11 días = $613,8

Este monto de $613,8 se sumaría al alquiler original adeudado de $150.000, resultando en un total a pagar de $150.613,8. Es importante recordar que este es solo un ejemplo y las tasas reales pueden variar según el acuerdo contractual y la T.E.M.V. vigente al momento del cálculo.

El Dilema de los Días de Mora: ¿Plazo de Tolerancia o Días Efectivos?

Un punto de confusión frecuente, y motivo de muchas consultas, es la interpretación del "plazo de tolerancia" para el pago del alquiler, que usualmente se establece entre el día 1 y el día 10 de cada mes. Mucha gente cree que si paga el día 11, solo se le cobrará 1 día de mora. Sin embargo, esta interpretación es incorrecta y puede llevar a sorpresas.

Según la interpretación generalizada y la práctica en el sector inmobiliario, la obligación de pago se genera el día 1 del mes. El período hasta el día 10 es un plazo de tolerancia o gracia, otorgado para facilitar el cumplimiento del inquilino. Pero si el pago no se realiza dentro de ese plazo y se efectúa, por ejemplo, el día 11, la mora no se considera de 1 día, sino de 11 días, ya que el inquilino estuvo en mora desde el primer día de la obligación. Esta aclaración es fundamental para evitar malentendidos y conflictos, y para que el inquilino entienda la real dimensión de su atraso.

¿Cuándo se Aplica Realmente el Interés por Mora en la Práctica?

Aunque la posibilidad de cobrar intereses por mora está estipulada en el contrato, en la práctica, no siempre se aplica rigurosamente por pequeños retrasos. La decisión de aplicar o no la mora por un atraso puntual y de pocos días suele depender de la relación preexistente entre inquilino y propietario, y de la política de la inmobiliaria interviniente.

En muchos casos, un pago que se retrasa solo un par de días después del plazo de tolerancia, y que no es habitual, puede ser pasado por alto. Esto se debe a que el costo administrativo de calcular y cobrar una mora mínima puede no justificar el posible deterioro de la relación con un inquilino que, por lo demás, es cumplidor y responsable. Sin embargo, cuando los atrasos se vuelven recurrentes o los plazos de incumplimiento se extienden significativamente, el cobro de la mora se vuelve una herramienta necesaria para el propietario. No solo compensa la pérdida de valor del dinero debido a la inflación y el costo de oportunidad de no disponer de esos fondos, sino que también actúa como una medida disuasoria para evitar la práctica frecuente de pagos tardíos. Para el propietario, cada día de atraso significa una pérdida de liquidez y, en un contexto inflacionario, una desvalorización real de sus ingresos, afectando su planificación financiera.

¿Qué porcentaje del valor de la propiedad es el alquiler en Argentina?
Si bien la renta media se ubica en el 5,38 %, la misma difiere aunque no en forma llamativa según la composición ambiental de los departamentos. Ahora bien, esta renta bruta se ve reducida en función de los gastos en los que debe incurrir el propietario y que deben deducirse para afinar el cálculo.

Tasas Abusivas: ¿Qué Recurso Tiene el Inquilino?

Si un inquilino considera que la tasa de interés por mora establecida en el contrato es excesiva o "abusiva", tiene el derecho de judicializar la situación. En estos casos, será un juez quien determine la tasa de interés justa a aplicar. El juez puede optar por una "tasa judicial" (establecida por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, por ejemplo) o cualquier otro valor que considere equitativo, basándose en principios de razonabilidad y equidad, y en las condiciones del mercado.

Es importante que, antes de llegar a esta instancia, las partes intenten una negociación o busquen asesoramiento legal para entender sus derechos y obligaciones. La vía judicial, si bien es un derecho y una herramienta para proteger al inquilino de cláusulas leoninas, implica costos y tiempos que ambas partes suelen preferir evitar, por lo que el diálogo previo es siempre la mejor opción.

Contexto Actual del Mercado de Alquileres en Argentina y la Morosidad

El mercado de alquileres en Argentina ha experimentado turbulencias significativas en los últimos años, con aumentos anuales considerables debido al ICL y el impacto de la alta inflación. A pesar de estos incrementos, que pueden representar un desafío financiero importante para los inquilinos, es interesante observar una tendencia contraria en las estadísticas de morosidad.

Datos recientes del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza, por ejemplo, indican que la morosidad no solo no ha aumentado, sino que se ha reducido en comparación con los niveles previos a la Ley de Alquileres de 2020. Antes de la ley, la morosidad rondaba el 8%, mientras que hoy se acerca al 5%. Los niveles de incobrabilidad y desalojos son aún más bajos, cercanos al 1,5%. Este fenómeno resulta paradójico en un contexto donde los alquileres se dispararon, con aumentos anuales que, como se mencionó, pueden superar el 100% en el caso del ICL. Esta situación genera una fuerte presión sobre los ingresos de los inquilinos, que destinan una parte cada vez mayor de su presupuesto familiar al pago de la vivienda. En ciudades como Mendoza, se estima que el 40,7% del presupuesto de una familia de clase media se va en alquiler, sin contar otros gastos fijos como servicios e impuestos.

La explicación de esta aparente contradicción entre altos costos y baja morosidad radica, en parte, en la drástica reducción de la oferta de propiedades en alquiler tras la implementación de la Ley de Alquileres. Con menos opciones disponibles, los inquilinos se ven obligados a extremar esfuerzos para cumplir con sus obligaciones y así evitar perder su vivienda. El mercado se ha vuelto altamente competitivo para quienes buscan alquilar, lo que indirectamente presiona a la baja la morosidad, ya que el riesgo de no conseguir otra propiedad es muy alto.

Comparativa de Morosidad en Alquileres (Caso Mendoza)

PeríodoTasa de Morosidad AproximadaNivel de Incobrabilidad/Desalojos
Pre-Ley de Alquileres (hasta primeros meses de 2020)Rondaba el 8%Mayor al 1,5%
Post-Ley de Alquileres (desde julio de 2020 hasta la fecha)Se acerca al 5%Cercano al 1,5%

Más Allá del Alquiler: El Impacto de las Expensas y Otros Gastos

El canon de alquiler no es el único gasto que afronta un inquilino. Las expensas, especialmente las "ordinarias" (aquellas que derivan de gastos habituales y servicios normales del edificio, como sueldos de encargados, limpieza, mantenimiento básico), también representan una parte significativa del presupuesto familiar. Recientes aumentos en los salarios de los encargados de edificio, como el acuerdo paritario de SUTERH del 38% dividido en cuotas, impactan directamente en el valor de las expensas, sumando otra presión financiera sobre los inquilinos, dado que este ítem es parte de las expensas ordinarias que deben abonar.

Es crucial diferenciar entre expensas ordinarias y extraordinarias, ya que la responsabilidad de pago recae en distintas partes. La ley establece claramente que el inquilino tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originan con el uso del inmueble y las expensas comunes ordinarias. No debe pagar aquellas que gravan la propiedad (como impuestos inmobiliarios o tasas municipales que recaen sobre el inmueble en sí) ni las expensas comunes extraordinarias (por ejemplo, gastos por una nueva fachada, un cambio de ascensor completo o mejoras importantes en el edificio que aumentan el valor de la propiedad). Esta distinción es vital para evitar cobros indebidos y defender los derechos del inquilino.

En promedio, el alquiler y los gastos asociados pueden representar una porción considerable del presupuesto de una familia, llegando a superar el 40% en algunas regiones, como se observó en Mendoza para una familia de clase media. Esta realidad subraya la importancia de una gestión financiera cuidadosa y la necesidad de tener claridad sobre todos los costos asociados a la vivienda antes de firmar un contrato, para así poder afrontarlos sin caer en morosidad.

Preguntas Frecuentes sobre la Mora en Alquileres

¿La Ley de Alquileres fija la tasa de interés por mora?
No, la ley no establece una tasa específica para el interés por mora. Esta debe ser acordada y estipulada claramente en el contrato de alquiler entre las partes.
¿Qué tasa se usa como referencia para calcular la mora?
Generalmente, se toma como referencia la tasa activa del Banco Nación (Tasa Efectiva Mensual Vencida o T.E.M.V.), a la que se le puede sumar un porcentaje adicional acordado contractualmente entre las partes.
Si pago el día 12, ¿se considera 2 días de mora o 12?
Se considera 12 días de mora. El plazo hasta el día 10 es de tolerancia, pero la obligación de pago es desde el día 1 del mes. Si se incumple el plazo, la mora se cuenta desde el primer día de la obligación.
¿Siempre se cobra el interés por mora si me atraso?
En la práctica, no siempre. Muchos propietarios o inmobiliarias optan por no cobrarla si el atraso es ocasional y de pocos días, buscando mantener una buena relación. Se suele cobrar cuando la morosidad es recurrente o el atraso es prolongado.
¿Qué hago si creo que la tasa de mora es abusiva?
Tienes el derecho de judicializar la situación. Un juez será quien determine la tasa de interés justa a aplicar, que podría ser una tasa judicial o un valor que considere equitativo y razonable para el caso.
¿Quién paga las expensas extraordinarias?
Las expensas extraordinarias, que corresponden a mejoras o gastos no habituales que aumentan el valor del edificio, son responsabilidad del propietario, no del inquilino.

Conclusión: La Importancia de la Claridad Contractual y la Comunicación

La cuestión del interés por mora en los alquileres en Argentina, aunque no está rígidamente regulada por la ley, es un aspecto fundamental de cualquier contrato de locación que debe ser abordado con seriedad. La clave reside en la claridad de las cláusulas contractuales y la comunicación efectiva entre las partes.

Tanto inquilinos como propietarios deben asegurarse de que el contrato especifique claramente la tasa de interés por mora y cómo se calculará, así como los plazos y condiciones. Ante cualquier duda o situación de atraso, la mejor estrategia es el diálogo abierto y la búsqueda de soluciones consensuadas antes de que la situación escale. Entender estas dinámicas no solo ayuda a prevenir conflictos, sino que también contribuye a una relación de alquiler más transparente, justa y armónica en un mercado tan desafiante y cambiante como el argentino.

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