¿Cómo calcular la indemnización por cierre de empresa?

¿SAC en la Indemnización por Antigüedad? Criterios CABA vs PBA

02/08/2025

Valoración: 4.67 (11165 votos)

Al momento de enfrentar una liquidación por despido sin causa, tanto empresas como trabajadores se encuentran con un laberinto de normativas y criterios que pueden generar más dudas que certezas. Uno de los puntos más álgidos y recurrentes de debate en el ámbito laboral argentino es, sin duda, la inclusión o no del Sueldo Anual Complementario (SAC), comúnmente conocido como aguinaldo, en la base de cálculo de la indemnización por antigüedad. Esta cuestión, aparentemente técnica, se convierte en un verdadero desafío cuando consideramos las posturas divergentes de la Justicia Nacional del Trabajo (con sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y la Justicia del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires. Una diferencia que, literalmente, puede depender de cruzar una avenida.

¿Cómo calcular la indemnización art. 245?
La citada norma fija "una indemnización equivalente a (1) un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de (3) tres meses" (3). Si el trabajador excedió los tres meses de trabajo, luego de un año, ya debe computarse como un período más (Ej. trabajó 2 años 3 meses y 1 día, deben computarse 3 períodos).

La complejidad se agrava para aquellas empresas que operan con sedes en ambas jurisdicciones, o para trabajadores que han prestado servicios en una provincia distinta a la del domicilio social de su empleador. Comprender estos matices no es solo una cuestión de cumplimiento legal, sino una estrategia vital para evitar contingencias económicas significativas, como multas o litigios prolongados. A continuación, desglosaremos los fundamentos de cada criterio, su impacto jurisprudencial y las implicaciones prácticas que esta dicotomía genera para todos los actores involucrados en el ámbito laboral.

Índice de Contenido

La Indemnización por Antigüedad: El Art. 245 de la LCT en Detalle

El artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) es la piedra angular para determinar la indemnización por antigüedad en casos de despido sin justa causa. Este precepto legal establece que la base de cálculo para dicha indemnización debe ser la “mejor remuneración, mensual, normal y habitual del trabajador devengada en el último año de prestación de tareas o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor”. La clave de la interpretación y el origen de las diferencias jurisprudenciales radica en una única palabra: “devengada”.

¿Qué significa exactamente “devengada”? En el ámbito contable y jurídico, el devengamiento se refiere al momento en que nace el derecho a percibir un ingreso o se asume una obligación, independientemente de si el pago se ha realizado o no. Es decir, el derecho se genera progresivamente a medida que el tiempo transcurre o se cumple con la prestación de un servicio. Esta interpretación contrasta con el concepto de “percibida”, que alude al momento en que el ingreso efectivamente ingresa al patrimonio del trabajador. La LCT, en su redacción actual (modificada por la Ley 25.877), optó por el término “devengada”, lo que abrió la puerta a las distintas interpretaciones sobre la inclusión del SAC, una prestación de pago semestral pero que, para algunos, se “devenga” día a día.

¿Qué es una Remuneración Mensual, Normal y Habitual?

Para entender la base del cálculo, es fundamental desglosar estos conceptos:

  • Mensual: Se refiere a que la remuneración debe ser percibida con periodicidad mensual. Esto es lo que genera controversia con el SAC, cuyo pago es semestral.
  • Normal: Implica que el pago no sea extraordinario o excepcional, sino que forme parte de la retribución regular por las tareas desempeñadas.
  • Habitual: Indica que el pago sea una constante en la relación laboral, es decir, que se repita con frecuencia y no sea un hecho aislado.

El desafío surge al intentar encajar el SAC dentro de la categoría de “mensual” cuando su liquidación y percepción se realiza únicamente dos veces al año (junio y diciembre). La respuesta a esta pregunta fundamental es lo que divide a la justicia laboral en Argentina.

La Postura de la Justicia Nacional del Trabajo (CABA): El Fallo Tulosai

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la discusión sobre la inclusión del SAC en la base de la indemnización por antigüedad fue zanjada por un hito jurisprudencial: el Plenario Nº 322 de la Cámara Nacional del Trabajo, conocido como Fallo “Tulosai”, dictado el 19 de noviembre de 2009, en el expediente “Tulosai, Alberto Pascual c/ Banco Central de la República Argentina”. Este plenario estableció una doctrina de acatamiento obligatorio para todos los juzgados y salas de la Justicia Nacional del Trabajo.

El voto de la mayoría en el caso “Tulosai” fue contundente: no corresponde incluir la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario en la base salarial prevista en el primer párrafo del artículo 245 de la LCT. Los fundamentos principales de esta decisión se basaron en dos argumentos centrales:

  1. Naturaleza Semestral del SAC: Los jueces consideraron que el cálculo de la indemnización del artículo 245 LCT debe realizarse a partir de la mejor remuneración normal, mensual y habitual. Argumentaron que el SAC es una prestación de pago y percepción semestral y de carácter anual, tal como lo indica su nombre. Aunque su pago sea normal y habitual en las fechas establecidas por ley, su periodicidad no es mensual. Por lo tanto, no integra la base de cálculo que exige una periodicidad mensual. Confundir la normalidad o habitualidad del pago con su periodicidad mensual sería un error conceptual.
  2. Distinción entre Devengamiento y Percepción/Generación: Otro punto crucial fue la diferenciación entre el cumplimiento de los presupuestos fácticos que condicionan el nacimiento del derecho y el momento a partir del cual se “devenga” el crédito. La mayoría sostuvo que el transcurso del tiempo no “devenga” el SAC mes a mes de forma tal que se le pueda otorgar la característica de remuneración mensual. Lo que se va generando día a día es el derecho del trabajador a percibirlo en las fechas que la ley prevé para el “devengamiento” de cada cuota (junio y diciembre). Esto significa que, si bien el trabajador “gana” su aguinaldo con el paso del tiempo, este derecho no se transforma en una porción mensual de su remuneración a los efectos del cálculo indemnizatorio del artículo 245 LCT.

El fallo “Tulosai” brindó una gran claridad y uniformidad de criterio en la jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, poniendo fin a años de controversias y litigios sobre este punto específico. Desde su dictado, la jurisprudencia en CABA es pacífica en este aspecto.

La Visión de la Justicia del Trabajo de la Provincia de Buenos Aires: Una Interpretación Opuesta

En un contraste diametral con la doctrina de la Justicia Nacional del Trabajo, en la Provincia de Buenos Aires rige una postura completamente opuesta. Si bien la doctrina no es de aplicación obligatoria para todos los tribunales provinciales (como sí lo son los plenarios para la Cámara Nacional del Trabajo), la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCBA) ha sentado un precedente que es pacíficamente aplicado por casi la totalidad de los Departamentos Judiciales de la jurisdicción, buscando coherencia, celeridad y economía procesal.

La SCBA ha interpretado que, a partir de la modificación del artículo 245 de la LCT por la Ley 25.877 (que reemplazó “percibido” por “devengado”), el Sueldo Anual Complementario, en su proporción mensual, debe ser tomado en cuenta para determinar la “mejor remuneración mensual, normal y habitual”. La base de este argumento es que, según esta postura, el SAC se estaría devengando “día a día” y, por lo tanto, mes a mes. Esto le otorga al SAC el carácter de mensual, y por ende, debe incluirse en la base de cálculo de la indemnización por antigüedad.

Para la Justicia de la Provincia de Buenos Aires, el hecho de que el SAC se pague semestralmente no le quita su carácter de remuneración que se va generando o “devengando” a diario. Consideran que si el trabajador trabaja un mes, ya ha generado una doceava parte de su aguinaldo anual, y esa porción debe ser considerada parte de su remuneración mensual a los efectos de calcular la indemnización más alta. En esencia, la SCBA prioriza el concepto de devengamiento progresivo del SAC por encima de su periodicidad de pago, lo que lleva a una base indemnizatoria mayor en la Provincia de Buenos Aires en comparación con CABA.

Tabla Comparativa: SAC en Indemnización por Antigüedad

Para visualizar de manera clara las diferencias, presentamos la siguiente tabla comparativa:

AspectoJusticia Nacional del Trabajo (CABA)Justicia del Trabajo (Provincia de Buenos Aires)
Fallo PrecedentePlenario Nº 322 “Tulosai” (2009)Doctrina de la Suprema Corte de Justicia de PBA
Inclusión del SACNO se incluye la parte proporcional del SAC. se incluye la parte proporcional del SAC.
Fundamento PrincipalEl SAC no es de periodicidad mensual; se devenga para pago semestral, no como remuneración mensual.El SAC se “devenga” día a día, adquiriendo carácter mensual en su proporción.
Impacto en Base de CálculoBase de cálculo menor.Base de cálculo mayor (aproximadamente un 8,33% adicional por el SAC).
Uniformidad JurisdiccionalSí, doctrina obligatoria para el fuero.Sí, aplicación pacífica por la mayoría de los Departamentos Judiciales.

Implicancias Prácticas para Empresas y Trabajadores: Más Allá de la General Paz

Como podemos observar, la diferencia en la interpretación de un solo término legal genera dos realidades completamente distintas en materia de liquidación de indemnizaciones. Para una empresa, esta disparidad implica que la radicación de su sede productiva, o incluso el lugar donde el trabajador prestó servicios, puede determinar si debe abonar una doceava parte adicional de la indemnización por antigüedad en concepto de SAC. Esta “doceava parte” surge de considerar que el SAC equivale a una doceava parte de la remuneración anual.

La situación se vuelve particularmente compleja para empresas que tienen una doble sede: su domicilio social en CABA y una o más sedes productivas en la Provincia de Buenos Aires. En estos supuestos, el trabajador tiene la opción de reclamar en una u otra jurisdicción, dependiendo de dónde haya prestado efectivamente sus tareas o dónde se encuentre el domicilio del empleador. Esta elección no es menor, ya que de ella dependerá si el SAC se incluye o no en su indemnización.

Riesgos y Estrategias para las Empresas

Más allá del monto adicional por el SAC, la falta de pago de este rubro en una jurisdicción donde es exigible puede acarrear consecuencias más graves. El trabajador, amparado en la falta de pago de la totalidad de la indemnización que le correspondía, podría reclamar la aplicación de la multa del artículo 2 de la Ley 25.323. Esta ley establece un incremento del 50% de las indemnizaciones cuando el empleador no las abona en tiempo y forma tras ser intimado. El argumento del trabajador sería que no se le abonó la indemnización completa (al faltar el SAC), lo que justificaría la aplicación de la multa. Esto transforma un potencial 8.33% de diferencia en un 50% de recargo sobre el total de las indemnizaciones, una cifra considerable.

Ante esta realidad, las empresas deben adoptar estrategias prudentes:

  1. Análisis Caso por Caso: No existe una solución única. Cada caso debe ser analizado individualmente, considerando el lugar de prestación de servicios del trabajador, el domicilio de la empresa, y la existencia de otros reclamos.
  2. Cierre sin Discusión: Si el reclamo del SAC sobre la indemnización del artículo 245 LCT es el único punto de controversia y el resto de la liquidación está completamente cerrada, podría ser conveniente abonar este rubro para evitar litigios y potenciales multas, especialmente si el trabajador tiene la opción de litigar en Provincia de Buenos Aires.
  3. Existencia de Otros Reclamos: Si, además del SAC, existen otros rubros e importes en juego que están siendo reclamados o interpretados de manera diferente por el trabajador (por ejemplo, diferencias salariales, horas extras, etc.), la situación se complica. En estos casos, si el importe de los otros reclamos es significativamente mayor que lo que representaría el SAC sobre la indemnización, podría ser más aconsejable esperar a que el trabajador inicie su reclamo y elija la jurisdicción.

El Dilema del Trabajador: Tasas de Interés en Juego

La elección de la jurisdicción por parte del trabajador no solo implica la inclusión o no del SAC, sino también un factor económico crucial: las tasas de interés aplicables a los juicios laborales. Desde el 21 de mayo de 2014, fecha en que se dictó el Acta # 2601 de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, la tasa que rige para los intereses de los juicios laborales en CABA es significativamente superior a la que se aplica en la Provincia de Buenos Aires. Esta diferencia es un factor de peso que el trabajador debe considerar:

  • Reclamo en Provincia de Buenos Aires: Obtendrá el beneficio de la inclusión del SAC sobre la indemnización del artículo 245 LCT, pero estará sujeto a una tasa de interés menor sobre el monto total del reclamo.
  • Reclamo en CABA: No tendrá derecho a la inclusión del SAC sobre el artículo 245 LCT, pero accederá a una tasa de interés mayor sobre el resto de las indemnizaciones que le correspondan.

Este dilema pone al trabajador en una encrucijada estratégica. Su elección de jurisdicción no solo definirá si percibe o no la doceava parte adicional por SAC, sino también cómo crecerá el capital de su reclamo a lo largo del tiempo debido a los intereses. Para la empresa, esta elección del trabajador es el momento clave para definir su curso de acción, ya que reduce la incertidumbre sobre estas dos variables de gran importancia.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Qué es la indemnización por antigüedad según el Art. 245 LCT?

Es la compensación económica que un empleador debe pagar a un trabajador despedido sin justa causa. Se calcula en base a la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada en el último año de servicios, multiplicada por los años de antigüedad o fracción mayor a tres meses.

¿Qué significa "mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada"?

Se refiere al monto más alto de salario que el trabajador percibió de forma regular y constante en el último año de trabajo, considerando todos los conceptos que forman parte de su retribución habitual, y que se generaron o hicieron exigibles, independientemente de la fecha de pago.

¿El SAC se incluye en la indemnización por antigüedad en CABA?

No, según la doctrina del Fallo “Tulosai” de la Justicia Nacional del Trabajo, la parte proporcional del Sueldo Anual Complementario (SAC) no se incluye en la base de cálculo de la indemnización por antigüedad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ya que no se considera una remuneración mensual.

¿El SAC se incluye en la indemnización por antigüedad en Provincia de Buenos Aires?

Sí, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires sostiene que el SAC se devenga día a día, por lo que su proporción mensual debe ser incluida en la base de cálculo de la indemnización por antigüedad, aumentando el monto final de la misma.

¿Qué sucede si una empresa tiene sede en CABA y otra en PBA?

En estos casos, si el trabajador prestó servicios en la Provincia de Buenos Aires, tiene la opción de elegir entre iniciar su reclamo en la justicia de CABA o en la de la Provincia. Esta elección es crucial, ya que determinará si el SAC se incluye en su indemnización y qué tasa de interés se aplicará a su reclamo.

¿Qué es la multa del Art. 2 Ley 25.323 y cómo se relaciona con esto?

Es una penalidad que incrementa en un 50% el monto de las indemnizaciones por despido si el empleador no las abona en su totalidad y en tiempo y forma, tras ser intimado por el trabajador. Si una empresa no incluye el SAC en la indemnización en una jurisdicción donde es exigible (como PBA), podría ser pasible de esta multa por pago insuficiente.

¿Cómo influyen las tasas de interés en la elección de jurisdicción del trabajador?

Las tasas de interés aplicables a los juicios laborales son más altas en CABA que en la Provincia de Buenos Aires. Esto genera un dilema para el trabajador: si bien en PBA se incluye el SAC en la indemnización, en CABA, aunque no se incluya, el capital de su reclamo crecerá más rápido debido a la mayor tasa de interés, lo que debe sopesar al decidir dónde iniciar su acción legal.

Reflexiones Finales

La cuestión de la inclusión del Sueldo Anual Complementario en la base de cálculo de la indemnización por antigüedad es un claro ejemplo de la complejidad del derecho laboral argentino. La existencia de dos criterios diametralmente opuestos, separados geográficamente por una avenida, subraya la importancia de un asesoramiento legal especializado y actualizado. Para las empresas, ignorar estas diferencias puede traducirse en contingencias económicas significativas, incluyendo multas y costos judiciales elevados. Para los trabajadores, conocer estos matices es fundamental para ejercer sus derechos de manera plena y estratégica.

En última instancia, si bien nuestra opinión puede inclinarse hacia una u otra interpretación, la realidad judicial impone la necesidad de considerar ambos escenarios. La clave reside en analizar cada situación particular, evaluar los riesgos y beneficios de cada jurisdicción y tomar decisiones informadas, ya sea para liquidar una indemnización o para iniciar un reclamo. La anticipación y el conocimiento son las mejores herramientas para navegar en este complejo panorama legal y asegurar que los cálculos sean precisos y justos para todas las partes.

Si quieres conocer otros artículos parecidos a ¿SAC en la Indemnización por Antigüedad? Criterios CABA vs PBA puedes visitar la categoría Cálculos.

Subir